Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución Nº 1688

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 1999 de la Comisión Binacional Puente Buenos Aires - Colonia - Delegación Argentina.

Bs. As., 23/12/98

B.O: 06/01/99

VISTO el Expediente Nº 001-003489/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1999 formulado por la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES - COLONIA – DELEGACION ARGENTINA, actuante en el área de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente mencionado en el visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que el Artículo Nº 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario Nº 1.361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1999 de la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES-COLONIA - DELEGACION ARGENTINA, actuante en el área de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2º.- Estímase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 4.400.000) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 4.400.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello estímase el Resultado Financiero EQUILIBRADO para el ejercicio 1999 de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.– Roque B. Fernández.

NOTA: Esta Resolución se pública sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial. (Suipacha 767 - Capital Federal).