Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 26/99

Auspiciase la "Expochacra '99", que se llevará a cabo en dos establecimientos ubicados en las localidades de Pergamino y Salto, Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 22/1/99

B.O.: 28/01/99

VISTO el expediente N° 800-009729/98, del registro de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que la EDITORIAL ATLANTIDA S.A., responsable de la edición de la Revista CHACRA, solicita el Auspicio de esta Secretaría para la "8va. EXPOCHACRA", que se llevará a cabo en dos establecimientos ubicados en las localidades de Pergamino y Salto, Provincia de BUENOS AIRES, en marzo de 1999.

Que los objetivos que se persiguen con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que lleva a cabo en la materia esta Secretaría.

Que el objetivo es presentar las técnicas de cultivo y maquinaria agrícola, complementada con una importante muestra de insumos y servicios para la actividad agrícola y ganadera.

Que debido a las directiva impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público la presente medida no implica costo fiscal alguno.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 1°, inciso II) del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar N° 2202 del 14 de diciembre de 1994.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1° - Otorgar el Auspicio de esta Secretaría para la "EXPOCHACRA" '99, que se llevará a cabo en dos establecimientos ubicados en las localidades de Pergamino y Salto, Provincia de BUENOS AIRES, en marzo de 1999.

Art. 2° - La medida dispuesta por el artículo 1° de la presente resolución no implica costo fiscal alguno.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. - Gumersindo F. Alonso.