HIDROCARBUROS

Decisión Administrativa 35/99

Autorízase a Victrix Petroleum S.A. a ceder su participación en los Permisos de Exploración de las áreas CNQ-26, "Confluencia", ubicada en la provincia de Mendoza, y CNQ-13, "China Muerta", ubicada en la Provincia de Neuquén, a Metro Holding S.A.

Bs. As., 22/02/99

B.O: 25/02/99

VISTO el Expediente N° 750.057/94 del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.462 de fecha 21 de diciembre de 1992 se otorgó a las empresas VICTRIX PETROLEUM SOCIEDAD ANONIMA, BRIDGE OIL ARGENTINA INC. y CRUSADER INC. el Permiso de Exploración sobre el Area CNQ-13 "CHINA MUERTA", en la Provincia del NEUQUEN bajo el régimen de la Ley N° 17.319 y sus decretos reglamentarios.

Que por Decreto N° 2.469 de fecha 21 de diciembre de 1992 se otorgó a las empresas VICTRIX PETROLEUM SOCIEDAD ANONIMA, BRIDGE OIL ARGENTINA INC. CRUSADER INC y AMPOLEX (AOE) LTD., el Permiso de Exploración sobre el Area CNQ-26 "CONFLUENCIA" ubicada en la Provincia de MENDOZA, bajo el régimen de la Ley N° 17.319 y sus decretos reglamentarios.

Que VICTRIX PETROLEUM SOCIEDAD ANONIMA, ha arribado a un acuerdo preliminar con METRO HOLDING SOCIEDAD ANONIMA, para cederle su participación del QUINCE POR CIENTO (15%) del Permiso de Exploración del Area CNQ-13 "CHINA MUERTA" y su participación del TRECE POR CIENTO (13%) del Permiso de Exploración del Area CNQ-26 "CONFLUENCIA".

Que en consecuencia las empresas cedente y cesionaria, han presentado ante la Autoridad de Aplicación el pedido de autorización, acompañando las correspondientes minutas de escritura pública de cesión.

Que la empresa cesionaria, reúne las condiciones requeridas por la Ley N° 17.319 para ser titular de Permisos de Exploración.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 72 y 98, inciso b) de la Ley N° 17.319 y el Artículo 8° del Decreto N° 909 de fecha 30 de junio de 1995.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°.- Autorízase a la empresa VICTRIX PETROLEUM SOCIEDAD ANONIMA en su carácter de titular parcial del Permiso de Exploración del Area CNQ-13 "CHINA MUERTA", ubicada en la Provincia del NEUQUEN y del Permiso de Exploración del Area CNQ-26 "CONFLUENCIA" ubicada en la Provincia de MENDOZA, a ceder su participación del QUINCE POR CIENTO (15%) y del TRECE POR CIENTO (13%) respectivamente, en las citadas Areas, a favor de METRO HOLDING SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 2°.- Las empresas cedente y cesionaria involucradas en las cesiones que por la presente se autorizan, deberán presentar a la Autoridad de Aplicación las escrituras definitivas de las cesiones, a los fines de la efectiva vigencia de las mismas.

Art. 3°.- Dentro de los TREINTA (30) días de cumplimentado lo dispuesto en el Artículo precedente, la empresa cesionaria deberá presentar a la Autoridad de Aplicación, las correspondientes garantías por el cumplimiento de los trabajos pendientes de ejecución, acorde a sus respectivos porcentajes de participación derivados de las cesiones, que por la presente se autorizan.

Hasta tanto se constituyan dichas garantías a satisfacción de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la cedente mantendrá vigentes las garantías actualmente constituídas.

Art. 4°.- A los efectos del otorgamiento de las escrituras públicas de las cesiones que se autorizan en el Artículo 1° de este acto, el Escribano Público interviniente deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 74 de la Ley N° 17.319.

Art. 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.– Jorge A. Rodríguez.– Roque B. Fernández.