Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 253/99

Declárase de interés nacional el Tercer Congreso Internacional de Abogacía Preventiva, Segunda Jornada Mundial de Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos. Daños y Mediación, a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 22/2/99

B.O: 01/03/99

VISTO el Expediente N° 119551/98 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al Tercer Congreso Internacional de Abogacía Preventiva, Segunda Jornada Mundial de Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos. Daños y Mediación, y

CONSIDERANDO:

Que bajo el lema "Los nuevos senderos de la abogacía" la Asociación Internacional de Abogacía Preventiva, organiza este acontecimiento, de indudable relieve, como parte de su importante labor académica e institucional.

Que el encuentro reunirá a abogados, mediadores, árbitros, conciliadores, profesores, empresarios, legisladores, sindicalistas y políticos interesados en la evolución y funcionamiento de estos sistemas alternativos de resolución de conflictos.

Que la jerarquía y el prestigio de la entidad organizadora las personalidades invitadas y los participantes del evento garantizan el alto nivel académico con que se desarrollará el mismo.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA propicia el dictado del presente pronunciamiento.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase de interés nacional al Tercer Congreso Internacional de Abogacía Preventiva, Segunda Jornada Mundial de Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos. Daños y Mediación, a desarrollarse entre los días 23 y 25 de septiembre de 1999 en la ciudad de Buenos Aires.

Art. 2° - La declaración otorgada por el artículo 1 ° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° - Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alberto A. Kohan.