Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 112/99

Modifícase la posición arancelaria de un producto incluido en el Programa de Reconversión y Especialización Industrial otorgado a Morchio y Benítez S.A.I. y C.

Bs. As., 24/2/99

B.O.: 01/03/99

VISTO el Expediente N° 610.940/94 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma MORCHIO Y BENITEZ SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL con domicilio en Camino San Carlos, Km. 3 1/2, Córdoba, Provincia de Córdoba, tiene aprobado un Programa de Especialización Industrial bajo la Resolución ex-S.I. N° 19 del 29 de agosto de 1995.

Que habiéndose observado un error formal en la posición arancelaria de un producto a importar incluido el anexo de la resolución mencionada en el considerando anterior, procede subsanar el mismo.

Que dicho error consiste en haber consignado la posición arancelaria N.C.M. 8532.25.00 en lugar de la correcta N.C.M. 8532.25.90.

Que la corrección propuesta no vulnera la suspensión del Régimen de Especialización Industrial establecida por el Decreto N° 977 del 20 de agosto de 1996.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° de la Resolución ex-S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Decreto N° 2641/92 y del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1° -Corríjase la posición arancelaria del producto a importar en el Programa de Reconversión y Especialización Industrial, otorgado a la firma MORCHIO Y BENITEZ SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, con domicilio en Camino San Carlos, Km. 3 1/2, Córdoba, Provincia de Córdoba, que fuera aprobado por Resolución ex-S.I. N° 19/95, de acuerdo con lo que se indica en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° -Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 2641/92, por la Resolución ex-S.I.C. N° 14/93, modificada por la Resolución ex-S.I.C. N° 80/93, por la Resolución ex-S.I.C. N° 148/93 y por la presente, así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el Expediente N° 610.940/94 y agregados.

Art. 3° -Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma MORCHIO Y BENITEZ SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL constituye domicilio especial en Perú 883, Capital Federal, en donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4° -La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5° -Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6° -Notifíquese a la interesada.

Art. 7° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION N° 112

Expediente M.E. y O. y S.P. N° 610.940/94

Empresa: MORCHIO Y BENITEZ SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL

Producto a importar:

____________________________________________________________________

Posición N.C.M.

Descripción

----------------------------------

8532.25.90

Condensador eléctrico fijo con dieléctrico de plástico.