Secretaría de Seguridad Interior

SEGURIDAD EN EL FUTBOL

Resolución 438/99

Apruébase el proyecto de instalación del sistema de video de seguridad presentado por el club Atlético Boca Juniors.

Bs. As., 18/3/99

B.O: 25/03/99

VISTO el artículo 13 del Decreto N° 1466 del 30 de diciembre de 1997 y las Resoluciones Nros. 720 del 7 de mayo de 1998, 791 del 13 de mayo de 1998 y 1867 del 23 de septiembre de 1998, todas ellas del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y las Resoluciones de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR Nros. 1897 del 23 de septiembre de 1998, 2433 del 7 de diciembre de 1998 y 145 del 15 de febrero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la norma mencionada en primer término establece la obligación, para las entidades deportivas comprendidas en el "Régimen de Seguridad en el Fútbol", de disponer de equipamientos de sistemas de audio y video para la seguridad y custodia de los espectáculos que se realicen en sus estadios.

Que mediante las resoluciones mencionadas en segundo y quinto lugar, fueron fijados los plazos de instalación en el estadio y presentación del proyecto respectivamente, a los cuales deberán acogerse los clubes correspondientes, bajo apercibimiento de que la autoridad de aplicación haga efectiva la reglamentación dispuesta por el artículo 22 del decreto citado.

Que la primer resolución mencionada creó la "Comisión Técnica Evaluadora" con la finalidad de asesorar a la autoridad de aplicación para determinar los parámetros y especificaciones técnicas a las cuales deberán ceñirse los sistemas a los que alude el artículo 13 del decreto nombrado.

Que el club ATLETICO BOCA JUNIORS presentó en tiempo y forma el proyecto de sistema de video ante la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR el cual resultó aprobado por la "Comisión Técnica Evaluadora" el día 11 de marzo de 1999.

Que la "Comisión Técnica Evaluadora" en el acto de aprobar el referido proyecto, lo hizo condicionándolo al cumplimiento de determinados requisitos específicos en materia de equipamiento e instalación que la mencionada institución deberá cumplir para lograr la aprobación definitiva de la obra funcionando.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Resolución N° 1867 del 23 de septiembre de 1998.

Por ello,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el proyecto de instalación del sistema de video de seguridad presentado por el club ATLETICO BOCA JUNIORS el día 30 de diciembre de 1998 con las observaciones realizadas por la Comisión Técnica Evaluadora en su acta de fecha 11 de marzo de 1999.

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - Miguel A. Toma.