EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 277/99

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento "XV Congreso Internacional de Nefrología" y "XI Congreso Latinoamericano de Nefrología" a realizarse en la ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 25/3/99

B.O: 30/03/99

VISTO el Expediente N° 061-008280/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la SOCIEDAD ARGENTINA DE NEFROLOGIA (ASOCIACION CIVIL), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en los siguientes eventos "XV CONGRESO INTERNACIONAL DE NEFROLOGIA" y "XI CONGRESO LATINOAMERICANO DE NEFROLOGIA", a realizarse en el Hotel Sheraton & Towers y el Hotel Marriot, de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 2 al 6 de mayo de 1999.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5°, inciso s), de la Ley N° 20.545 incorporado por su similar N° 21.450 y mantenido por el artículo 4° de la Ley N° 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el siguiente evento "XV CONGRESO INTERNACIONAL DE NEFROLOGIA" y "XI CONGRESO LATINOAMERICANO DE NEFROLOGIA", a realizarse en el Hotel Sheraton & Towers y el Hotel Marriot de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) del 2 al 6 de mayo de 1999, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Roque B. Fernández.