Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 394/99

Inscríbese a Green Mail S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 23/3/99

B.O.: 05/04/99

VISTO el expediente N° 001502 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de 1999 en el que se tramita la solicitud de nueva inscripción de la firma GREEN MAIL S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, y

CONSIDERANDO:

Que la firma referida fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 17 de diciembre de 1997 con el número QUINIENTOS UNO (501), conforme Resolución CNC 1848 recaída en el Expediente CNCT 319/96.

Que con fecha 22 de diciembre de 1998 se dictó en dichas actuaciones la Resolución CNC 1864, mediante la que se declaró su baja, operada de pleno derecho a contar del 1 de noviembre de 1998, en razón de no haber acreditado dentro del plazo previsto el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11 del Decreto N° 1187/93 y sus modificatorios para mantener su inscripción.

Que con fecha 17 de diciembre de 1998, habiendo ya operado su baja, GREEN MAIL S.R.L. acreditó el pago del Derecho a Inscripción Anual.

Que atento a ello, en oportunidad de la notificación a la empresa de la citada Resolución CNC N° 1864, se le hizo saber además que el pago efectuado sería tenido como solicitud de reinscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales en los términos previstos en la Resolución CNCT 007/96, notificándole además los restantes extremos cuyo cumplimiento debería acreditar a tal fin.

Que en presentación del 3 de febrero de 1999, obrante a foja 3, GREEN MAIL S.R.L. solicitó que el pago efectuado fuera tenido como solicitud de nueva inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, en los términos previstos en el último párrafo del artículo 4° de la Resolución CNCT 007/96, desistiendo de conservar el número de inscripción que oportunamente se le asignara.

Que, asimismo, se señala que mediante dicha presentación y las posteriores de fechas 11 de febrero de 1999 y 1 de marzo de 1999, la interesada acreditó el cumplimiento de los restantes requisitos exigidos en el artículo 11 del Decreto N° 1187/93 y sus modificatorios para inscribirse como Prestador de Servicios Postales.

Que a requerimiento del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, el área de Control Postal llevó a cabo una diligencia en el domicilio de GREEN MAIL S.R.L., constatando, según consta a fojas 56/57, que la misma no continuaba en el ejercicio de la actividad postal, e informando, asimismo que la presentante no registra actuaciones en trámite por infracción a la normativa postal vigente.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.

Que, asimismo, se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1° inciso d) del Decreto N° 115 del 5 de febrero de 1997.

Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar a la nueva inscripción oportunamente solicitada asignando a la interesada, conforme a lo prescripto en el último párrafo del artículo 4° de la Resolución CNCT 007/96, un nuevo número de inscripción.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 60/61 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades Contenidas en el artículo 6° inciso d') del Decreto N° 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC N° 31/98.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1° -Declárase que habiendo la empresa GREEN MAIL S.R.L. cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto N° 1187/93 y sus modificatorios corresponde su nueva inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Art. 2° -Inscríbase a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE (587).

Art. 3° -Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. -Federico N. A. Luján de la Fuente.