PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 330/99

Autorízase a la Secretaría de Turismo a proceder a la cobertura de vacantes, con excepción a lo previsto en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Bs. As., 8/4/99

VISTO la reestructuración organizativa de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y lo solicitado al respecto, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las previsiones presupuestarias de la Ley Nº 25.064 y su distribución aprobada por la Decisión Administrativa Nº 1/99, la cantidad de cargos y sus respectivos niveles escalafonarios establecidos en la estructura organizativa de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se encuentran totalmente financiados.

Que en las condiciones antes indicadas y dadas las razones de urgencia invocadas para el ejercicio de las funciones involucradas, correspondientes a los cargos modificados, resulta razonable efectuar una autorización transitoria a fin de que en el citado organismo puedan proveerse las coberturas de dichos cargos vacantes, con excepción al procedimiento establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional y las determinaciones del artículo 13 del Decreto Nº 977/ 95.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Autorízase a la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION para proceder a la cobertura de las vacantes existentes en su estructura organizativa, durante un plazo de treinta (30) días, con excepción a lo previsto en el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — MENEM. — Carlos V. Corach.