MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución Nº 65

Bs. As., 3/3/99

B.O.: 22/4/99

VISTO el Expediente Nº 4509/98 del Registro del ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de las actuaciones citadas en el VISTO tramita el dictado, por parte de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, del acto administrativo que disponga la desafectación, en los términos del Decreto Nº 1090 del 22 de octubre de 1997, de los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL que integran las Estaciones "SANTA FE CAMBIOS" y "SANTA FE PASAJEROS" ubicados en la Ciudad de SANTA FE, de la Provincia homónima, desafectados por la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, en el Acta de Directorio Nº 89 de fecha 21 de octubre de 1998, emitida ésta conforme a lo acordado en el convenio suscripto entre el ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la mencionada Empresa, el 25 de agosto de 1998, instrumentos que en copia certificada se agregan e integran la presente resolución como ANEXO I.

Que asimismo se propicia la intervención prevista por el artículo 8º inciso d) del Decreto Nº 1383 del 29 de noviembre de 1996 que crea el ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, con relación al Proyecto Ferrourbanístico a ejecutarse en las estaciones mencionadas en el considerando precedente.

Que la realización del Proyecto Ferrourbanístico aludido fue acordada entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE y la Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación) mediante Convenio Marco suscripto el 18 de diciembre de 1996, cuya copia certificada integra la presente resolución como ANEXO II, en el que se encomendaba a una Comisión Operativa de Trabajo la realización de los estudios pertinentes.

Que concluida la tarea de dicha comisión, la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE y el ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS convinieron, mediante la firma del instrumento de fecha 5 de agosto de 1997 cuya copia certificada se agrega a la presente resolución como ANEXO III, establecer los derechos y obligaciones inherentes a ambas partes a los fines de concretar la urbanización parcial de los predios correspondientes a los cuadros de las Estaciones "SANTA FE CAMBIOS" y "SANTA FE PASAJEROS" antes mencionados.

Que dentro de las obligaciones asumidas por el ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, se encuentra la de acreditar documentalmente la o las resoluciones de desafectación que efectuará la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, extremo que se halla cumplido con la emisión de los instrumentos que como ANEXO I se agregan e integran la presente resolución.

Que a los fines de dotar de fuerza ejecutoria a los convenios referenciados, resulta necesario dar a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la intervención que los artículos 8º inciso d) del Decreto Nº 1383 del 29 de noviembre de 1996 y 1º del Decreto Nº 1090 del 22 de octubre de 1997 establecen.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto en los Decretos Nº 1090 del 22 de octubre de 1997 y Nº 873 de fecha 27 de julio de 1998.

Por ello,

EL SECRETARIO TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Desaféctanse, en los términos del Decreto Nº 1090 del 22 de octubre de 1997, los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL que integran las Estaciones "SANTA FE CAMBIOS" y "SANTA FE PASAJEROS", ubicados en la Ciudad de SANTA FE, de la Provincia homónima, desafectados por la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, en el Acta de Directorio Nº 89 de fecha 21 de octubre de 1998, emitida ésta conforme a lo acordado en el Convenio suscripto entre el ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS y la mencionada empresa, el 25 de agosto de 1998, instrumentos que en copia certificada se agregan e integran la presente resolución como ANEXO I.

Art. 2º — Téngase por cumplida la instancia prevista por el artículo 8º inciso d) del Decreto Nº 1383 del 29 de noviembre de 1996 con relación al Proyecto Ferrourbanístico a ejecutarse en las estaciones mencionadas en el artículo anterior, en el marco de los Convenios de fecha 18 de diciembre de 1996 y 5 de agosto de 1997 suscriptos entre la Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación) y entre el ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS y la misma Municipalidad respectivamente, cuyos textos se agregan a la presente resolución como ANEXOS II y III.

Art. 3º — Transfiéranse al ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, de conformidad y con los alcances del Decreto Nº 1090 del 22 de octubre de 1997 los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ARMANDO N. CANOSA, Secretario de Transporte, Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

e. 22/4 Nº 269.593 v. 22/4/99