Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 279/99

Dispónese la ampliación de "Letras Externas de la República Argentina en Euros 10,50% 2000 y 7% 2001-2004", en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo.

Bs. As., 24/5/99

VISTO el Expediente Nº 001-001346/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 24.156, la Ley Nº 25.064, el Decreto Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto Nº 649 de fecha 4 de junio de 1998, las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 456, Nº 311, Nº 197 y Nº 239 de fechas 15 de octubre de 1997, 2 de julio de 1998, 29 de marzo de 1999 y 4 de mayo de 1999 respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1588/93 modificado por el Decreto Nº 649/98 se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA a suscribir un Programa de Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL MILLONES (V.N. U$S 15.000.000.000,-), que puede ser utilizado dentro de sucesivos ejercicios fiscales, autorizándolo asimismo, a contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no supere el importe del Programa.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 456/97 se emitieron los instrumentos de deuda pública denominados "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN LIRAS ITALIANAS 9,25% 1997-1999 Y 7% 1999-2004" por un VALOR NOMINAL de hasta LIRAS ITALIANAS SETECIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES (V.N. ITL 750.000.000.000,-) y "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN LIRAS ITALIANAS 9% 1997-1999 y 7% 1999-2004" por un VALOR NOMINAL de hasta LIRAS ITALIANAS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL MILLONES (V.N. ITL 375.000.000.000,-).

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 311/98, en su artículo 1º se dispuso la ampliación del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.

Que a través de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 197/99 se autorizó a los funcionarios a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para instrumentar las operaciones dentro del Programa de Letras a Mediano Plazo en el marco del Decreto Nº 1588/93 modificado por el Decreto Nº 649/98.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 239/99 se dispuso la emisión de "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10,50% 2000 y 7% 2001-2004" en el marco del Programa de Letras Externas a mediano Plazo para el mercado europeo por un VALOR NOMINAL de hasta EUROS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 250.000.000,-).

Que la emisión antes mencionada incluía gastos por un monto de hasta EUROS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS (V.N. EUROS 28.200,-) que fueron descontados al desembolso.

Que en el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 239/99, no se incluyeron los gastos antes mencionados.

Que se entiende conveniente, a fin de reflejar el monto que ha ingresado al TESORO NACIONAL, autorizar los mencionados gastos.

Que se ha recibido una propuesta para ampliar los bonos emitidos mediante la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 239/99 por PARIBAS a un plazo de aproximadamente CINCO (5) años, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS CIENTO CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 150.000.000,-).

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa Nº 14 del artículo 5º de la Ley Nº 25.064.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 25.064 y el Decreto Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto Nº 649 de fecha 4 de junio de 1998.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Dispónese, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo, la ampliación de "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10,50% 2000 Y 7% 2001-2004" que serán colocadas a través de un sindicato de bancos encabezado por PARIBAS, con fecha 27 de mayo de 1999, de acuerdo con las siguientes características financieras:

Serie Número: 65.

Monto: hasta un VALOR NOMINAL EUROS CIENTO CINCUENTA MILLONES (V.N. EUROS 150.000.000,-).

Precio de emisión: CIEN CON CINCUENTA Y TRES CENTESIMOS POR CIENTO (100,53%).

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (99,05%).

Plazo: CUATRO (4) años, NUEVE (9) meses y VEINTE (20) días.

Fecha de emisión y desembolso: 27 de mayo de 1999.

Fecha de vencimiento: 18 de marzo del 2004.

Amortización: íntegra al vencimiento.

Interés: será del DIEZ CON CINCUENTA POR CIENTO (10,50%) anual para el primer período que abarca desde el 10 de mayo de 1999 (inclusive) hasta el 18 de marzo del 2000 (exclusive), y del SIETE POR CIENTO (7%) anual a partir de dicha fecha y hasta su vencimiento, ambos pagaderos anualmente.

Interés corrido: la REPUBLICA ARGENTINA recibirá el monto de EUROS SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS (EUROS 733.561,64) en concepto de intereses corridos desde el 10 de mayo de 1999 (inclusive) hasta el 27 de mayo de 1999 (exclusive).

Comisión neta: CERO CON SEISCIENTOS VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (0,625%).

Gastos de colocación del primer tramo: un monto de hasta EUROS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS (V.N. EUROS 28.200,-).

Gastos de traducción: hasta un importe máximo de PESOS TRES MIL ($ 3.000,-).

Característica: los presentes instrumentos de deuda pública podrán ser fungibles con las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN LIRAS ITALIANAS 9,25% 1997-1999 y 7% 1999-2004" y "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN LIRAS ITALIANAS 9% 1997-1999 Y 7% 1999-2004" emitidas por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 456/97, si son redenominables al EURO.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pablo E. Guidotti.