BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6560 (26/7/99) Ref.: Circular CIRMO - 2. Capítulo IV.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para recordarles el cumplimiento de lo dispuesto por la Circular Circulación Monetaria CIRMO - 2 Capítulo IV - Inutilización de Billetes Argentinos Falsos, en cuanto a retener y remitir a esta Institución los ejemplares apócrifos que detecten, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 282 del Código Penal.

e. 4/8 Nš 286.961 v. 4/8/99