Ministerio de Economía DEUDA PUBLICA

 

Resolución 41/00

 

Dispónese la emisión de “Bonos Externos Globales de la República Argentina en Dólares Estadounidenses 12% 2000-2020”.

 

Bs. As., 31/1/00

 

VISTO el Expediente Nº 001-000234/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.237, los Decretos Nº 1161 de fecha 15 de julio de 1994 y Nº 436 de fecha 29 de abril de 1999, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 325 de fecha 8 de junio de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Nº 1161/94 se encomendó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la emisión y registración de títulos de la deuda pública, ante la “SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION” de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por un importe que no supere el monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000,-).

 

Que por Decreto Nº 436/99 se incrementó el monto autorizado a registrar y emitir hasta un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRES MIL MILLONES (V.N. U$S 23.000.000.000,-) que pueden ser utilizados en las autorizaciones de la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o en el marco del artículo 65 de la Ley Nº 24.156.

 

Que por Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 325/99 se procedió a la registración de títulos de la deuda pública, ante la “SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION” de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por un monto adicional de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL MILLONES (V.N. U$S 3.000.000.000,-), alcanzando un monto total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 19.350.000.00,-).

 

Que se recibió una oferta de J. P. MORGAN SECURITIES INC. y SALOMON SMITH BARNEY INC., para realizar una transacción en el mercado registrado estadounidense por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 1.250.000.000,-).

 

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

 

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha emitido su opinión con respecto a las autorizaciones presupuestarias establecidas por la planilla Nº 14 anexa al artículo 5º de la Ley Nº 25.237.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto se encuentra facultado para emitir la presente Resolución en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 25.237 y el Decreto Nº 1161 de fecha 15 de julio de 1994 modificado por el Decreto Nº 436 de fecha 29 de abril de 1999.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Dispónese la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados “BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 12% 2000-2020”, la que se colocará través de J. P. MORGAN SECURITIES INC. SALOMON SMITH BARNEY INC., de acuedo con las siguientes condiciones financieras:

 

a) Monto de la emisión: hasta un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 1.250.000.000,-).

 

b) Fecha de emisión y desembolso: 3 de febrero de 2000.

 

c) Fecha de vencimiento: 1 de febrero de 2020.

 

d) Amortización: íntegra al vencimiento.

 

e) Precio de emisión: NOVENTA Y NUEVE CON CUATROCIENTOS TRES MILESIMOS POR CIENTO (99,403%).

 

f) Comisión neta: CERO CON OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO (0,875%).

 

g) Tasa de interés: DOCE POR CIENTO (12 %) anual, pagadera semestralmente. Se tomará como base para el cálculo de los intereses meses de TREINTA (30) días divididos por años de TRESCIENTOS SESENTA DIAS (360) días, con un primer período de interés irregular que abarca desde el 3 de febrero de 2000 (inclusive) hasta el 1 de agosto de 2000 (exclusive), para continuar los vencimientos el 1 de febrero y 1 de agosto de cada año hasta su vencimiento el 1 de febrero de 2020.

 

h) Gastos de traducción: hasta un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000,-).

 

Art. 2º — Apruébase el Acuerdo de Suscripción “Underwriting Agreement”, cuya copia en idioma inglés y su traducción al idioma Castellano obran como Anexo a la presente Resolución.

 

Art. 3º — Autorízase al Subsecretario de Financiamiento, Licenciado Julio DREIZZEN, o al Representante Financiero en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la misma ciudad, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero en la ciudad de LONDRES, del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, Licenciado Agustín VILLAR, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa, Licenciado Norberto LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación que en lo sustancial deberá ser acorde a la aprobada por el artículo 2º de la presente Resolución y toda aquella que resulte necesaria para instrumentar la operación referida en el artículo 1º de la presente.

 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolás V. Gallo.

 

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).