Ministerio de Infraestructura y Vivienda
SERVICIO TELEFONICO
Resolución 8/00
Servicio “Llamadas por Cobrar”. Apruébase la
tarifa adicional propuesta por Telecom Argentina Stet France Telecom S.A. para
el mismo.
Bs.
As., 31/1/00
VISTO
el expediente E.012554/99 del registro de la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por
el expediente citado en el VISTO se tramita la presentación de TELECOM
ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A., por la que solicita la aprobación del
servicio denominado “Llamadas por Cobrar”, conjuntamente con sus tarifas.
Que
como consecuencia del avance tecnológico, la digitalización de la Red
Telefónica Pública y la incorporación de centrales telefónicas de última
generación es posible acceder a nuevas modalidades de prestación que
complementan al Servicio Básico Telefónico.
Que
permite que todas las personas puedan comunicarse accediendo, a través del
servicio de cobro revertido de llamadas, a efectuar llamadas nacionales que
serán facturadas y cobradas al cliente que acepte dicha llamada.
Que la
posibilidad de prestación del servicio “Cobro revertido de llamada” contribuye
a mejorar la calidad del Servicio Básico Telefónico aumentando los beneficios
que reciben todos los habitantes pudiendo efectuar llamadas, que pagará el
destinatario de dicha llamada, desde cualquier punto del país.
Que por
el expediente considerado en el VISTO se tramita la presentación efectuada por
TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. mediante la que solicita la
asignación de numeración para el servicio denominado “Llamadas por Cobrar”.
Que el
mencionado servicio está encuadrado dentro de la categoría de servicios no
geográficos nacionales de Cobro Revertido Automático, correspondiédole el
indicativo de servicio 800, según el numeral III.3 del Plan Fundamental de
Numeración Nacional.
Que de
acuerdo a la mencionada norma que fija los lineamientos para la administración
de números para esta categoría, es procedente asignar bloques de 10.000 números
para este servicio.
Que la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de este
Ministerio se han expedido sobre las tarifas propuestas por la Licenciataria
del Servicio Básico.
Que la
presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto Nº
20 del 13 de diciembre de 1999.
Por
ello,
EL
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase la tarifa
adicional propuesta por TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A. para el
servicio “Llamadas por Cobrar” equivalente a un máximo de ONCE PULSOS
TELEFONICOS SUPLEMENTARIOS (11 PTS); así como las disminuciones de los ritmos
establecidos, para las llamadas efectuadas desde la telefonía domiciliaria,
siendo éstos en horario normal equivalentes a SESENTA (60) segundos y en
horario reducido de CIENTO VEINTE (120) segundos.
Art. 2º — Asígnase a TELECOM ARGENTINA
STET FRANCE TELECOM S.A. la numeración 0800767ghij para el servicio denominado
“Llamadas por Cobrar”.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolás V. Gallo.