Dirección Nacional de Comercio Interior

LEALTAD COMERCIAL

Disposición 660/2000

Reconócese a UL de Argentina S.R.L. como Organismo de Certificación en materia de equipamiento eléctrico de baja tensión.

Nota: Para visualizar los listados completos de Laboratorios, Certificadoras y Organismos de Inspección reconocidos haga un click en cada enlace

Bs. As., 22/9/2000

VISTO el Expediente Nº 064-007214/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 431 del 28 de junio de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución S.I.C. y M. Nº 92/98 establece la obligatoriedad de la certificación de los requisitos esenciales de seguridad por parte del equipamiento eléctrico de baja tensión que se comercializa en el país.

Que la Resolución mencionada establece que, para su participación en la aplicación de los regímenes de certificación obligatoria, los organismos de certificación deberán contar con el reconocimiento al efecto de esta Dirección Nacional de Comercio Interior, actualmente dependiente de la SECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEL CONSUMIDOR.

Que el artículo 2º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 431, del 28 de junio de 1999 establece como requisito para el reconocimiento de Organismos de Certificación su correspondiente acreditación por parte del Organismo de Acreditación perteneciente al SISTEMA NACIONAL DE NORMAS, CALIDAD Y CERTIFICACION, creado por el Decreto Nº 1474, del 23 de agosto de 1994.

Que, a la fecha, UL de Argentina S.R.L. se halla acreditada por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION para las funciones de certificación en materia de equipamiento eléctrico de baja tensión.

Que la Resolución S.I.C. y M. Nº 123/99 dispone la intervención en el proceso de reconocimiento, de un Comité de Evaluación convocado al efecto.

Que por medio de la Disposición de esta Dirección Nacional Nº 606, del 28 de agosto de 2000, fueron designados los integrantes del Comité de Evaluación para organismos de certificación.

Que por medio del Acta de Recomendación Técnica, del 15 de septiembre de 2000, dicho Comité se ha expresado favorablemente acerca de la solicitud de reconocimiento presentada por UL de Argentina S.R.L.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

DISPONE:

Artículo 1º — Reconócese a UL de Argentina S.R.L. como Organismo de Certificación para la aplicación del régimen establecido por la Resolución S.I.C. y M. Nº 92, del 16 de febrero de 1998.

Art. 2º — La presente Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvio I. Peist.