MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

Resolución N° 6/2000

Bs. As., 2/11/2000

VISTO el Expediente N° 561-000544/98 y su agregado sin acumular Expediente N° 561-000271/ 99, ambos del registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 979 de fecha 10 de agosto de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en primer término en el VISTO, tramitó la calificación de empresas interesadas en la construcción de la obra vial "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo: VILLA MARIA-PILAR", en la PROVINCIA DE CORDOBA, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.

Que por el Expediente citado en segundo término en el VISTO, tramita la djudicación del contrato de obra pública para la construcción de la obra vial "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo: VILLA MARIA-PILAR".

Que por la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 979/99, se llamó a los proponentes que habían sido calificados por Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 121 de fecha 4 de junio de 1999, a presentar ofertas para la construcción de la mencionada obra vial, y se aprobó el respectivo Pliego de Condiciones Generales y Particulares.

Que el artículo 3° de esa resolución creó la COMISION DE ADJUDICACION de la "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA -Tramo: VILLA MARIA-PILAR", en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, con la función de organizar y tramitar el procedimiento de selección del proponente.

Que en cumplimiento de dicho cometido, la mencionada Comisión revisó las ofertas presentadas y efectuó su evaluación, comparación y análisis, de conformidad con las disposiciones del Pliego de Condiciones Generales y Particulares para la construcción de la obra, todo lo cual ha quedado plasmado en las Actas agregadas a fojas 3712/3714, 3722/3723, 4628/4629 y 5088/5150 del Expediente N° 561-000271/99.

Que de ese proceso, la oferta de la empresa BENlTO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, para la Solución "B" - Proyecto Oficial de Pavimento en Concreto Asfáltico, resultó ser la solución de "Menor Importe Total Comparable", satisfaciendo acabadamente los requisitos, condiciones y especificaciones exigidos por la documentación licitatoria.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la cláusula 25.2, Sección 1, del Pliego de Condiciones Generales y Particulares para la Construcción de la Obra Vial "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo: VILLA MARIA-PILAR", por Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 242 de fecha 11 de noviembre de 1999, se resolvió la preadjudicación de la obra a la empresa mencionada en el párrafo anterior.

Que no habiéndose formulado impugnaciones por parte de los demás proponentes, corresponde dictar el acto administrativo de adjudicación del contrato, de conformidad con lo previsto en la cláusula 26, Sección 1, del Pliego licitatorio.

Que resulta necesario aprobar todo lo actuado por el COMITE DE CALIFICACION "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo VILLA MARIA-PILAR". creado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 158 de fecha 27 de noviembre de 1998, y por la COMISION DE ADJUDICACION de la "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo VILLA MARIA-PILAR" creada por el artículo 3° de la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 979/99, en el procedimiento llevado a cabo con motivo de la presente licitación pública.

Que en la Ley N° 25.237 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el año 2000, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, se encuentra previsto el Proyecto 4 - AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA en el Programa 50 de la Jurisdicción 55 –MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, por un monto de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-) Fuente 15 (Crédito Interno) - FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL.

Que por lo expuesto en el párrafo que antecede, el comienzo de la ejecución de las obras —previsto en la cláusula 15, Sección 3, del Pliego licitatorio— de conformidad con la última versión del Plan de Trabajos e Inversiones que oportunamente se apruebe, debe quedar supeditado a la efectiva asignación de los fondos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 641 de fecha 27 de julio de 2000, el Decreto N° 877 de fecha 5 de octubre de 2000 y la cláusula 26, Sección 1, del Pliego de Condiciones Generales y Particulares para la Construcción de la Obra Vial "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo VILLA MARIA-PILAR" aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 979/99.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA E INTERlNO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase todo lo actuado por el COMITE DE CALIFICACION "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo: VILLA MARIA - PlLAR", creado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 158 de fecha 27 de noviembre de 1998, en el proceso de organización y tramitación del procedimiento de calificación de las empresas interesadas.

ARTICULO 2° — Apruébase todo lo actuado por la COMISION DE ADJUDICACION de la "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo: VILLA MARIA-PILAR", creada por el artículo 3° de la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 979/99, en el procedimiento de selección del proponente.

ARTICULO 3° — Adjudícase a la empresa BENITO ROGGIO E HlJOS SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS CIENTO TRES MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 103.307.370,19) el contrato de obra pública para la construcción de la obra vial "AUTOPISTA ROSARIO-CORDOBA - Tramo: VILLA MARIA-PILAR", por la Solución "B" –Proyecto Oficial de Pavimento en Concreto Asfáltico.

ARTICULO 4° — Establécese que el comienzo de la ejecución de las obras —previsto en la cláusula 15, Sección 3, del Pliego de Condiciones Generales y Particulares aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 979/99— de conformidad con la última versión del Plan de Trabajos e Inversiones que oportunamente se apruebe, quedará supeditado a la efectiva asignación de los fondos.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Dr. JOSE LUIS MACHINEA, Ministro de Economía e Int. Infraestructura y Vivienda.

e. 9/11 N° 334.737 v. 9/11/2000