MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES
Ley 25.386
Declárase a la "Casa de Fray Mocho", ubicada en la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos".
Sancionada: Noviembre 30 de 2000.
Promulgada: Enero 3 de 2001.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Declárase monumento histórico nacional a la "Casa de Fray Mocho" donde naciera el periodista y escritor José Ceferino Alvarez "Fray Mocho", ubicada en la calle Fray Mocho 135 entre las calles Colombo y Rivadavia de la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos.
ARTICULO 2ş Encomiéndase a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, tomar los recaudos necesarios a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, de acuerdo a lo normado por las Leyes 12.665 y 24.252.
ARTICULO 3ş Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.
REGISTRADO BAJO EL Nş 25.386
RAFAEL PASCUAL. MARIO A. LOSADA. Guillermo Aramburu. Juan C. Oyarzún.