Administración Federal de Ingresos Públicos

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 1049

Procedimiento. Vencimientos producidos los días 18 y 19 de julio de 2001. Presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones.

Bs. As., 20/7/2001

VISTO el vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y, en su caso, pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, establecidos por las disposiciones vigentes, y

CONSIDERANDO:

Que los sucesos que son de dominio público, acaecidos los días 18 y 19 de julio de 2001, pueden haber imposibilitado a los contribuyentes y responsables, el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso, el pago de los respectivos saldos de los impuestos y recursos de la seguridad social cuyo control se encuentra a cargo de este Organismo.

Que se entiende razonable contemplar la situación descripta, disponiendo la fecha hasta la cual las mencionadas obligaciones se considerarán cumplidas en término.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4º y 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y ADMINISTRACION A CARGO DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y, en su caso de pago, correspondientes a los impuestos y recursos de la seguridad social a cargo de esta Administración Federal, cuyos vencimientos se produjeron los días 18 y 19 julio de 2001, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta el día 24 de julio de 2001, inclusive.

Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Héctor C. Rodríguez.