Secretaría de Hacienda

y

Secretaría de Finanzas

DEUDA PUBLICA

Resolución Conjunta 419/2001 y 162/2001

Dispónese la ampliación de la emisión denominada "Letras Externas de la República Argentina en Dólares Estadounidenses a Tasa Badlar + 2,98% 2001-2004", Serie N° 75/77.

Bs. As., 13/12/2001

VISTO el Expediente N° 010-000764/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, las Leyes N° 25.401 y N° 24.156, el Decreto N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha 30 de julio de 2001, el Decreto N° 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 modificado por el Decreto N° 431 de fecha 17 de abril de 2001, el Decreto N° 424 de fecha 10 de abril de 2001 modificado por el Decreto N° 1615 de fecha 6 de diciembre de 2001, la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 63 y N° 23 respectivamente, de fecha 9 de mayo de 2001, la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222 y N° 80, respectivamente, de fecha 7 de agosto de 2001 modificada por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 381 y N° 112, respectivamente, de fecha 13 de noviembre de 2001, y la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 395 y N° 160, respectivamente, de fecha 29 de noviembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 5° de la Ley N° 25.401 se autorizó al Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a realizar operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que el Decreto N° 20/1999 modificado por el Decreto N° 431/2001 establece que la SECRETARIA DE HACIENDA conjuntamente con la SECRETARIA DE FINANZAS ejercerán la función de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera.

Que por el Decreto N° 424/2001 modificado por el Decreto N° 1615/2001 se autoriza al MINISTERIO DE ECONOMIA, a través del Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera, a incluir en los términos y condiciones de los instrumentos de deuda pública a colocarse en el marco del artículo 5° de la Ley N° 25.401, por un monto total de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 3.750.000.000), cláusulas que permitan utilizar dichos títulos públicos para efectuar pagos de IMPUESTOS NACIONALES en el caso de no abonarse los servicios de amortización y/o intereses en los plazos previstos en los instrumentos de deuda pública a emitirse, sin incluir la cancelación de las obligaciones correspondientes al SISTEMA UNICO DE SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 63/2001 y 23/2001, respectivamente, se dispuso la emisión de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA ENCUESTA + 4,95% 2001- 2004" Serie N° 74/76 por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS (V.N. U$S 906.184.500) y de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001-2004" Serie N° 75/77 por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS (V.N. U$S 93.185.500).

Que por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 222/2001 y N° 80/2001, respectivamente, modificada por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 381/2001 y N° 112/2001, dispuso la ampliación de la emisión de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA ENCUESTA + 4,95% 2001-2004" Serie N° 74/ 76, en SEIS (6) tramos y de las "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001-2004" Serie N° 75/77, a ser colocadas en SEIS (6) tramos, a ser colocadas mediante la suscripción en efectivo o la entrega de las Letras del Tesoro (LETES) al vencimiento de éstas.

Que a fin de dar cumplimiento a la liquidación pactada para el día 14 de diciembre de 2001 con los suscriptores de las LETES, resulta necesario efectuar una nueva ampliación de la Serie 75/77 por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE (V.N. U$S 76.455.537).

Que mediante la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE HACIENDA y de la SECRETARIA DE FINANZAS N° 395/2001 y N° 160/ 2001, respectivamente, se aprobó la actualización de los documentos del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo y por el artículo 2° se autoriza a ciertos funcionarios a suscribir en forma indistinta toda la documentación que resulte necesaria para la implementación de las operaciones de crédito público.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que los suscritos se encuentran facultados para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 25.401 y en los Decretos N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha 30 de julio de 2001, N° 20 de fecha de 13 de diciembre de 2001 modificado por el Decreto N° 431 de fecha 17 de abril de 2001 y N° 424 de fecha 10 de abril de 2001 modificado por el Decreto N° 1615 de fecha 6 de diciembre de 2001.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

Y

EL SECRETARIO DE FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1º — Dispónese en el marco de los Decretos N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 967 de fecha 30 de julio de 2001 y N° 424 de fecha 10 de abril de 2001 modificado por el Decreto N° 1615 de fecha 6 de diciembre de 2001, la ampliación de la emisión denominada "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES A TASA BADLAR + 2,98% 2001- 2004" Serie N° 75/77, con las mismas condiciones financieras que la emisión original y según las siguientes característicias.

Monto de ampliación: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE (V.N. U$S 76.455.537).

Fecha de ampliación y liquidación: 14 de diciembre de 2001.

Precio de ampliación: CIEN POR CIENTO (100%).

Intereses corridos: DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NUEVE CON OCHENTA Y SEIS CENTESIMOS (U$S 139.909,86).

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge A. Baldrich. — Daniel Marx.