CONMEMORACIONES
Ley 25.664
Declárase a la provincia de Jujuy Capital Honorífica de la Nación Argentina el 23 de agosto de cada año, conmemoración del "Exodo Jujeño".
Sancionada: Octubre 9 de 2002
Promulgada: Octubre 28 de 2002
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş Declárase el día 23 de agosto de cada año, en conmemoración de la Gesta del "EXODO JUJEÑO", a la provincia de Jujuy como Capital Honorífica de la Nación Argentina.
ARTICULO 2ş Institúyase en todo el Territorio Nacional las ceremonias públicas en conmemoración de la Gesta del "EXODO JUJEÑO".
ARTICULO 3ş Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 9 OCT 2002.
REGISTRADO BAJO EL Nş 25.664
EDUARDO O. CAMAÑO. JUAN C. MAQUEDA. Eduardo D. Rollano. Juan C. Oyarzún.