Superintendencia de Servicios de Salud

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Resolución 458/2002

Incorpóranse expedientes al Anexo I de la Resolución N° 282/2002, relacionados con la facturación por prestaciones brindadas a los beneficiarios del referido Instituto por los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.

Bs. As., 1/11/2002

VISTO la Resolución Nro. 282/02-SSSALUD y el Expediente N° 33.937/02-SSSALUD; y

CONSIDERANDO:

Que en atención a los Considerandos expresados en la Resolución citada en el VISTO se faculta al Departamento Despacho (Mesa de Entradas, Salidas y Archivo) para proceder a la entrega al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) de los expedientes iniciados ante esta Superintendencia por los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, a través de los cuales tramita la facturación por prestaciones brindadas a los beneficiarios del referido Instituto correspondientes al período comprendido entre el 1 de agosto de 1996 y el 1 de enero de 2002, que se detallan en su Anexo I.

Que, asimismo, se aprueba el modelo de Acta a suscribir por el INSSJP como constancia de recepción de la referida documentación y se deja sentado que los Hospitales, cuya facturación se encuentra comprendida en los alcances de los artículos 29°, 30° y 31° del Decreto N° 486/2002 PEN, se considerarán debidamente notificados con la publicación del acto resolutivo en el Boletín Oficial.

Que toda vez que a fs. 329 del trámite mencionado en el VISTO obran un nuevo listado detallando expedientes que reúnen los extremos indicados en el Primer Considerando del presente, se estima menester proceder a su incorporación en el citado Anexo I.

Que las Gerencias de Control Prestacional y Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 112/02-PEN.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° — Incorpórase al Anexo I de la Resolución N° 282/02-SSSALUD, ampliado por Resolución N° 354/02-SSSALUD, el listado de expedientes que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente.

Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Néstor R. Vázquez.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin el anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).