MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
Resolución N° 854/2003
Bs. As., 10/2/2003
VISTO las RESOLUCIONES N° 0493/00, 0002/01, 0569/01, y 0837/02 APE, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 493/00 APE establecía que los apoyos financieros tramitados por Resolución 001/98 y 40d/99 APE debían ser abonados en cuotas.
Que por la Resolución 0002/01 APE se suspendió la aplicación de la Resolución 493/00 APE.
Que la Resolución 0002/01 APE fue prorrogada por las Resoluciones N° 569/01 y 0837/02 APE.
Que por Resolución N° 0155/02 APE se fijó en un 70% el pago del monto inicial, quedando el desembolso del saldo del 30% restante para luego de efectuada la rendición de cuentas.
Que habiendo cesado los motivos que dieron origen al dictado de la Resolución 493/00 APE correspondería su derogación.
Que ha opinado el Area Jurídica del Organismo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 53/98 y 167/02 P.E.N.
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Derogar la RESOLUCION N° 0493/00 —APE—.
ARTICULO 2° — Los expedientes en trámite pendientes de pago se regirán por la normativa vigente.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Lic. EUGENIO DANIEL ZANARINI, Interventor, Adm. de Programas Especiales.
e. 14/2 N° 406.614 v. 14/2/2003