MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Resolución N° 854/2003

Bs. As., 10/2/2003

VISTO las RESOLUCIONES N° 0493/00, 0002/01, 0569/01, y 0837/02 APE, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 493/00 APE establecía que los apoyos financieros tramitados por Resolución 001/98 y 40d/99 APE debían ser abonados en cuotas.

Que por la Resolución 0002/01 APE se suspendió la aplicación de la Resolución 493/00 APE.

Que la Resolución 0002/01 APE fue prorrogada por las Resoluciones N° 569/01 y 0837/02 APE.

Que por Resolución N° 0155/02 APE se fijó en un 70% el pago del monto inicial, quedando el desembolso del saldo del 30% restante para luego de efectuada la rendición de cuentas.

Que habiendo cesado los motivos que dieron origen al dictado de la Resolución 493/00 APE correspondería su derogación.

Que ha opinado el Area Jurídica del Organismo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 53/98 y 167/02 P.E.N.

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Derogar la RESOLUCION N° 0493/00 —APE—.

ARTICULO 2° — Los expedientes en trámite pendientes de pago se regirán por la normativa vigente.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Lic. EUGENIO DANIEL ZANARINI, Interventor, Adm. de Programas Especiales.

e. 14/2 N° 406.614 v. 14/2/2003