MINISTERIO DE LA PRODUCCION

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución 232/2003

Bs. As., 24/3/2003

VISTO el Expediente N° S01:0179899/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 116 del 12 de febrero de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION se dispuso el Llamado a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Interjurisdiccional, con el objeto de regularizar la situación de las líneas o grupos de líneas encomendadas en forma precaria.

Que el referido llamado a Licitación Pública incluyó, entre otros, el Grupo de Líneas N° 6, integrado por los corredores de tráfico encomendados en forma precaria y provisoria por medio de la Resolución N° 339 de fecha 5 de octubre de 1998 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS que autorizó a la Empresa TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL a prestar los servicios en las trazas para las cuales se encontraba autorizada la EMPRESA ANTON DE TRANSPORTES S.A.C.

Que INVERSIONES COMERCIALES PARQUE S.A. - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS formalizó ante la SECRETARIA DE TRANSPORTE una propuesta para prestar los servicios en los corredores que operaba la fallida COMPAÑIA DE TRANSPORTES RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA, cuyos permisos para la realización de los Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros le fueron revocados por Resolución N° 231 de fecha 21 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que a la fecha, cabe destacar, no existe constancia alguna de otra propuesta que ofreciera hacerse cargo de los servicios y, al propio tiempo, preservar la fuente de empleo de la COMPAÑIA DE TRANSPORTES RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA.

Que INVERSIONES COMERCIALES PARQUE S.A. - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS efectúa una serie de consideraciones vinculadas con el Llamado a Licitación formalizado por la Resolución N° 116/2003 con relación a los servicios identificados en tal convocatoria como Grupo de Líneas N° 6.

Que dichas consideraciones se refieren a la superposición de los servicios públicos de la ex- EMPRESA ANTON DE TRANSPORTES S.A.C. y de los de la ex-COMPAÑIA DE TRANSPORTES RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA, a los que califica como únicos servicios públicos en el corredor SAN ISIDRO - VILLA GESELL - PINAMAR, y a la sobreoferta en dichos corredores lo que justificaría una fusión de dichos servicios sin que ellos se resientan, sino que permita la optimización de los mismos.

Que, asimismo manifiesta que para el caso de ser acogida favorablemente la propuesta, la presentante garantizaría la fuente laboral, también de los trabajadores del referido corredor y que alguna vez pertenecieron a la ex-EMPRESA ANTON DE TRANSPORTES S.A.C., actualmente a cargo de la Empresa TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL.

Que, en el mismo sentido, solicita que en ejercicio de las facultades que le son propias, la SECRETARIA DE TRANSPORTE resuelva la fusión de los corredores en cuestión convocándose a una sola licitación del corredor fusionado, exponiendo que dicha circunstancia es imprescindible al proyecto general que plantea y que incluye preservar las fuentes de empleo de los trabajadores que operaban los servicios públicos de la COMPAÑIA DE TRANSPORTES RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA.

Que no existiendo ninguna otra presentación ante la AUTORIDAD DE APLICACION que contenga la previsión de garantizar la fuente laboral de la totalidad de los trabajadores de la referida empresa, la misma debe ser analizada a los fines de contemplar su viabilidad material y jurídica.

Que sin perjuicio de todo lo expuesto, y siendo que la presentante reclama la prórroga o suspensión de un llamado a licitación que está convocado para ser ofertado el día 25 de marzo del corriente, y dado que la propuesta contiene como requisito condicionante tal circunstancia, cabe suponer que de no accederse a tal pedido la misma podría frustrarse.

Que el Artículo 52 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERJURISDICCIONAL, aprobado mediante Resolución N° 162 de fecha 8 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION reza: "La Autoridad de Aplicación podrá dejar sin efecto el procedimiento licitatorio en cualquier estado anterior al acto de adjudicación...", por aplicación del principio de quien puede lo más, puede lo menos, cabe concluir que la SECRETARIA DE TRANSPORTE posee facultades suficientes para prorrogar la fecha de presentación de las ofertas.

Que en tal caso deberá procederse, en forma simultánea, a efectuar los estudios técnicos correspondientes a los fines de concluir si la propuesta es técnica y jurídicamente viable y si se meritúa conveniente y oportuno acceder a la fusión de los corredores solicitada, procediéndose entonces al llamado a licitación del corredor ya fusionado.

Que en función de todo lo expuesto, corresponde prorrogar la fecha de recepción y apertura de ofertas para el Grupo de Líneas N° 6 del Llamado a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Interjurisdiccional, dispuesto por la Resolución N° 116/2003, hasta el 22 y 23 de abril de 2003, respectivamente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002 y el Artículo 3° de la Disposición de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 13 del 11 de abril de 2002.

Que el Decreto N° 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por el Decreto N° 808 de fecha 21 de noviembre de 1995 y la Resolución N° 162 de fecha 8 de noviembre de 2002, modificada por la Resolución N° 104 de fecha 4 de febrero de 2003, ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, brindan sustento suficiente para emitir el presente pronunciamiento.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorrógase hasta los días 22 y 23 de abril de 2003 la fecha de recepción y apertura de ofertas, respectivamente, del Grupo de Líneas N° 6 aprobado como ANEXO XIV del Llamado a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Interjurisdiccional dispuesto por la Resolución N° 116 del 12 de febrero de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

ARTICULO 2° — Encomiéndase al GRUPO DE TRABAJO PARA LA PLANIFICACION DEL TRANSPORTE URBANO DEL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES la realización de un Estudio Técnico que determine la oferta real de servicios y la cobertura de la demanda en el corredor SAN ISIDRO - VILLA GESELL - PINAMAR.

ARTICULO 3° — Notifíquese a los adquirentes del PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES aprobado como ANEXO XIV del Llamado a Licitación Pública de propuestas para el establecimiento de Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Interjurisdiccional dispuesto por la Resolución N° 116/2003.

ARTICULO 4° — Comuníquese a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS, a la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION. Cumplido, remítanse las presentes actuaciones a la COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS PARA LICITACIONES PUBLICAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERJURISDICCIONAL, a sus efectos.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GUILLERMO LOPEZ DEL PUNTA, Secretario de Transporte.

e. 26/3 N° 410.421 v. 26/3/2003