MEDIDA DE CONSERVACION 23-05 (2000)1,2

Sistema de notificación mensual de datos biológicos a escala fina para las pesquerías de arrastre, de palangre y con nasas

Especies

todas excepto kril

Areas

todas

Temporadas

todas

Artes

todos

Por la presente, la Comisión adopta la siguiente medida de conservación de acuerdo con la Medida de Conservación 31-01, donde corresponda.

Esta medida de conservación es invocada por la medida de conservación a la cual acompaña.

1. Las especies objetivo y las especies de la captura secundaria mencionadas en esta medida de conservación se especificarán en las medidas de conservación a las que se adjunte la presente medida.

2. Al final de cada mes, cada Parte contratante deberá obtener de cada uno de sus barcos mediciones de la composición por talla de muestras representativas de las especies objetivo y de las especies de la captura secundaria de la pesquería (formulario B2) y deberá enviar al Secretario Ejecutivo la información en el formato especificado, a más tardar, antes del final del mes siguiente.

3. Con el fin de dar cumplimiento a esta medida de conservación:

i) la medición de la longitud del pez deberá ser la longitud total redondeada al centímetro inferior; y

ii) se deberá tomar una muestra representativa de la composición por tallas de cada cuadrícula a escala fina (0.5° latitud por 1° longitud) en donde se efectúe la pesca. Si el barco se trasladara de una cuadrícula a escala fina a otra en el transcurso de un mes, se deberá notificar por separado la composición por tallas de cada cuadrícula a escala fina.

4. Si una de las Partes contratantes faltara a su obligación de notificar los datos de composición por tallas al Secretario Ejecutivo en el formulario apropiado antes del plazo establecido en el párrafo 2, el Secretario Ejecutivo emitirá una nota recordatoria a la Parte contratante. Si al cabo de dos meses aún no se han suministrado los datos, el Secretario Ejecutivo notificará a todas las Partes contratantes del cierre de la pesquería para los barcos de la Parte contratante que no ha facilitado los datos como se requiere.

 

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1 Con excepción de las aguas alrededor de las islas Kerguelén y Crozet.

2 Con excepción de las aguas alrededor de las islas Príncipe Eduardo.