MEDIDA DE CONSERVACION 32-02 (1998).

Prohibición de la pesca de peces en la Subárea estadística 48.1

Especies

peces objetivo

Area

48.1

Temporadas

Todas

Artes

Todos

Queda prohibida la captura de peces en la Subárea estadística 48.1 excepto con fines de investigación científica desde el 7 de noviembre de 1993 hasta que se haya llevado a cabo una prospección de biomasa del stock, sus resultados hayan sido notificados al Grupo de Trabajo para la Evaluación de las Poblaciones de Peces y evaluados por dicho grupo, y la Comisión haya decidido reanudar la pesquería sobre la base del asesoramiento brindado por el Comité Científico.