MEDIDA DE CONSERVACION 41-01 (2002) 1,2

Medidas generales para las pesquerías explotarias de Disostichus spp. en el Area de la Convención durante la temporada 2002/03

Especies

austromerluza

Areas

diversas

Temporadas

2002/3

Artes

palangre

 

La Comisión,

Tomando nota de la necesidad de distribuir el esfuerzo de pesca y la captura por cuadrículas de alta resolución3 en estas pesquerías exploratorias, adopta por la presente la siguiente Medida de Conservación:

1. Esta medida de conservación se aplica a las pesquerías exploratorias que utilizan los métodos de arrastre o de palangre, excepto aquellas para las cuales la Comisión ha otorgado exenciones. En las pesquerías de arrastre, un lance comprende un despliegue único de la red de arrastre. En la pesquería de palangre, un lance comprende el calado de una o más líneas en un mismo lugar.

2. La pesca deberá efectuarse en una zona geográfica y batimétrica lo más amplia posible a fin de obtener la información necesaria para determinar el potencial de la pesquería y evitar la concentración excesiva de la captura y el esfuerzo. Con este fin, la pesca en cualquier cuadrícula de alta resolución cesará cuando la captura notificada alcance las 100 toneladas y dicha cuadrícula permanecerá cerrada a la pesca por el resto de la temporada. La pesca se limitará a un barco por cuadrícula en todo momento.

3. Excepto en circunstancias excepcionales fuera del control del barco (condiciones meteorológicas y de hielo), el tiempo de inmersión de cada lance de un palangre (incluidos los lances de investigación conforme al anexo 41-01/B, párrafo 4) medido desde el final del calado hasta el comienzo del virado, no deberá ser mayor de 48 horas.

4. A los efectos de poner en práctica el párrafo 2 supra:

i) la posición geográfica exacta de un lance en las pesquerías de arrastre se determinará como el punto medio del recorrido entre el punto de inicio y el punto final del lance;

ii) la posición geográfica exacta de un lance en las pesquerías de palangre se determinará como el punto medio de la línea o líneas caladas;

iii) la cuadrícula a escala fina en la cual se considerará que el barco se encuentra pescando, será aquella que contiene la posición geográfica exacta donde yace el lance;

iv) se considerará que el barco estará pescando en una cuadrícula a escala fina, desde el comienzo del calado hasta el final del virado de todas las líneas en dicha cuadrícula;

v) se informarán al Secretario Ejecutivo los datos de captura y esfuerzo de cada especie por cuadrícula de alta resolución, cada cinco días, mediante el sistema de notificación de datos de captura y esfuerzo por períodos de cinco días establecido en la Medida de Conservación 23-01; y

vi) la Secretaría notificará a las Partes contratantes que participan en estas pesquerías cuando la captura total combinada de las especies Dissostichus eleginoides y Dissostichus mawsoni en cualquier cuadrícula de alta resolución esté por alcanzar las 100 toneladas; la pesca en esa cuadrícula de alta resolución se cerrará cuando se alcance este límite.

5. La captura secundaria en esta pesquería exploratoria estará regulada por la Medida de Conservación 33-03.

6. Se declarará el número total y el peso total de Dissostichus eleginoides y Dissostichus mawsoni descartado, incluyendo aquellos ejemplares con "carne gelatinosa’’.

7. Todo barco que participe en las pesquerías exploratorias de Dissostichus spp. durante la temporada 2002/03 deberá llevar un observador científico a bordo designado de acuerdo al Sistema de Observación Científica Internacional de la CCRVMA, y [en lo posible] un segundo observador científico, durante todas las actividades pesqueras realizadas en la temporada de pesca.

8. Se pondrá en práctica el plan de recopilación de datos (anexo 41-01/A) y el plan de investigación (anexo 41-01/B). Los datos recopilados según los Planes de Recopilación de Datos e Investigación hasta el 31 de agosto de 2003 se presentarán a la CCRVMA antes del 30 de septiembre de 2003 de manera que puedan estar a disposición de la reunión del Grupo de Trabajo para la Evaluación de las Poblaciones de Peces (WG-FSA) en el año 2003. Los datos de las capturas extraídas después del 31 de agosto se notificarán a la CCRVMA antes de cumplirse tres meses desde el cierre de la pesquería, pero en lo posible, se presentarán a tiempo para que sean considerados por el WG-FSA.

9. Los miembros que decidan no participar en la pesquería antes del inicio de ella deberán informar a la Secretaría que cambiaron de parecer a más tardar un mes antes de la apertura de la pesquería. Si por alguna razón los miembros no pueden participar en la pesquería, deberán informar a la Secretaría a más tardar una semana después que no podrán entrar a la pesquería. La Secretaría informará a todas las Partes contratantes apenas reciba tal notificación.

 

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1 Con excepción de las aguas alrededor de las islas Kerguelén y Crozet.

2Con excepción de las aguas alrededor de las islas Príncipe Eduardo.

3 Una cuadrícula de alta resolución se define como el área de 0,5° de latitud por 1° de longitud con respecto al vértice noroeste de la subárea estadística o división. La identificación de cada rectángulo se hace por la latitud de su límite más septentrional y la longitud del limite más cerca de los 0°.

ANEXO 41-01/A

PLAN DE RECOPILACION DE DATOS PARA LAS PESQUERIAS EXPLORATORIAS

1. Todos los barcos cumplirán con el sistema de notificación de datos de captura y esfuerzo por períodos de cinco días (Medida de Conservación 23-01) y los sistemas de notificación mensual de datos biológicos y de captura y esfuerzo a escala fina (Medidas de Conservación 23-04 y 23-05).

2. Se recopilarán todos los datos requeridos por el Manual del Observador Científico para las pesquerías de peces. Estos incluyen:

i) posición, fecha y profundidad al comienzo y final de cada lance;

ii) datos de captura de lance por lance y datos de captura por unidad de esfuerzo por especie;

iii) datos de la frecuencia de talla de especies comunes en cada lance;.

iv) sexo y estado de las gónadas de especies comunes;

v) dieta y contenido estomacal;

vi) escamas y otolitos para la determinación de la edad;

vii) captura secundaria de peces y otros organismos en número y peso por especie; y

viii) observación de las interacciones de aves y mamíferos marinos con las operaciones pesqueras e información detallada de cualquier caso de mortalidad incidental de estos animales.

3. De las pesquerías de palangre se recopilarán los siguientes datos:

i) posición y profundidad en cada extremo de todas las líneas de un lance;

ii) hora del calado, tiempo de reposo y hora del izado;

iii) número y especies de peces que se pierden en la superficie;

iv) número de anzuelos calados;

v) tipo de carnada;

vi) éxito de la carnada (%);

vii) tipo de anzuelo; y

viii) condiciones del mar, nubosidad y fase lunar durante el calado de las líneas.

ANEXO 41-01/B

PLAN DE INVESTIGACION PARA PESQUERIAS EXPLORATORIAS

1. Las actividades realizadas según este plan de investigación no estarán exentas de ninguna medida de conservación vigente.

2. Este plan se aplica a todas las unidades de investigación en pequeña escala (UIPE) según se definen en la tabla 1 y figura 1.

3. Todo barco que participe en la pesca exploratoria o comercial en una UIPE, debe realizar las siguientes actividades de investigación:

i) Al entrar por primera vez en una UIPE, los primeros 10 lances (designados como ‘la primera serie’) ya sean de arrastre o de palangre, deberán ser designados como lances de investigación y cumplir con los requisitos dispuestos en el párrafo 4.

ii) La ‘segunda serie’ comprenderá los 10 lances siguientes o las 10 toneladas de captura con palangres, cualquiera de estos niveles críticos que se alcance primero, o las 10 toneladas de captura para la pesca de arrastre. A discreción del patrón de pesca, los lances de la segunda serie podrán efectuarse como parte de las operaciones de pesca exploratoria. No obstante, también se pueden designar estos lances como lances de investigación, siempre que se satisfagan los requisitos dispuestos en el párrafo 4.

iii) Al finalizar la primera y la segunda series de lances, si el patrón de pesca desea continuar pescando dentro de la UIPE, el barco deberá emprender una tercera serie que resultará en un total de 20 lances de investigación realizados en las tres series. La tercera serie de lances deberá efectuarse durante la misma visita a la UIPE en que se realizó la primera y la segunda serie.

iv) Al finalizar los 20 lances de investigación el barco podrá seguir pescando dentro de la UIPE.

v) Toda la pesca dentro del área designada deberá cesar cuando se alcance el límite de captura o concluya la temporada de pesca.

4. Para que un lance sea designado lance de investigación:

i) cada lance de investigación deberá realizarse a una distancia mínima de 5 millas náuticas el uno del otro, la distancia se medirá desde el punto medio geográfico de cada lance de investigación;

ii) cada lance comprenderá: para palangres, un mínimo de 3.500 anzuelos y un máximo de 10.000 anzuelos; el lance podrá estar compuesto de varias líneas caladas en un mismo sitio; para arrastres, un mínimo de 30 minutos de tiempo de pesca, según se define en el Manual preliminar de prospecciones de arrastre de fondo en el Area de la Convención (SC-CAMLR-XI, anexo 5, apéndice E, párrafo 4); y

iii) cada lance tendrá un tiempo de inmersión mínimo de seis horas, que se medirá desde el momento en que concluye el proceso del calado hasta el momento en que comienza el virado.

5. Se recopilarán todos los datos que se especifican en el plan de recopilación de datos (anexo 41- 01/A) de esta medida de conservación, en cada lance de investigación; en particular, se deberá medir y obtener las características biológicas de todos los peces en un lance de investigación de hasta 100 peces, y se deberá muestrear por lo menos 30 peces para estudios biológicos (párrafos 2(iv) al 2(vi) del anexo 41-01/A. Si se capturan más de 100 peces, se aplicará un muestreo aleatorio.