MEDIDA DE CONSERVACION 42-01 (2002)

Restricciones a la pesquería de Champsocephalus gunnari en la Subárea estadística 48.3 durante la temporada 2002/03

 

Especies

draco rayado

Areas

48.3

Temporadas

2002/03

Artes

arrastre

 

Por la presente la Comisión adopta la siguiente medida de conservación de acuerdo con la Medida de Conservación 31-01:

Acceso

1.

La pesca de Champsocephalus gunnari en la Subárea estadística 48.3 se efectuará mediante barcos con redes de arrastre solamente. Queda prohibido el uso de arrastres de fondo en esta pesquería y en esta subárea estadística.

2.

La pesca de Champsocephalus gunnari quedará prohibida en un radio de 12 millas náuticas de la costa de Georgia del Sur del 1° de marzo al 31 de mayo de 2002 (periodo de desove).

Límite de captura

3.

La captura total de Champsocephalus gunnari en la Subárea estadística 48.3 durante la temporada 2002/03 tendrá un límite de 2181 toneladas. La captura total de Champsocephalus gunnari extraída en el período del 1° de marzo al 31 de mayo de 2003 estará limitada a 545 toneladas.

4.

Si en cualquier lance se obtiene más de 100 kg de Champsocephalus gunnari y más del 10% de su número es inferior a 240 mm de longitud total, el barco de pesca deberá trasladarse a otra zona situada a una distancia mínima de 5 millas náuticas1. El barco pesquero no podrá volver a ningún lugar dentro de un radio de 5 millas náuticas del lugar de donde extrajo un número de Champsocephalus gunnari pequeño en exceso del 10% por un período de cinco días por lo menos2. El lugar donde se extrajo una captura de Champsocephalus gunnari pequeño en exceso del 10 % se define como el trayecto recorrido por el barco de pesca desde el punto donde se lanzó el arte de pesca hasta el punto donde dicho arte fue recuperado por el barco.

Temporada

5.

A los efectos de la pesquería de arrastre de Champsocephalus gunnari en la Subárea estadística 48.3, la temporada de pesca 2002/03 se define como el período entre el 1° de diciembre de 2002 y el 30 de noviembre de 2003, o hasta que se alcance el límite establecido, lo que ocurra primero.

Captura secundaria

6.

La captura secundaria en esta pesquería estará regulada por la Medida de Conservación 33-01. Si durante la pesquería dirigida a Champsocephalus gunnari se obtiene un lance con una captura secundaria de alguna de las especies citadas en la Medida de Conservación 33-01 que: • sea mayor de 100 kg y sobrepase el 5% del peso total de la captura de peces, o • sea mayor o igual a 2 toneladas, entonces el barco pesquero deberá trasladarse a otra zona de pesca situada a una distancia mínima de 5 millas náuticas1. El barco pesquero no podrá volver a ningún lugar situado a menos de 5 millas náuticas del lugar de donde extrajo la captura secundaria en exceso del 5% de cualquiera de las especies citadas en la Medida de Conservación 33-01, por un período de cinco dial por lo menos2. El lugar donde se extrajo la captura secundaria en exceso del 5% se define como el trayecto recorrido por el barco de pesca desde el punto donde se lanzó el arte de pesca hasta el punto donde dicho arte fue recuperado por el barco.

Mitigación

7.

La pesquería deberá realizarse conforme a las disposiciones de la Medida de Conservación 25-03, a fin de minimizar la mortalidad incidental de aves marinas durante las operaciones de pesca.

8.

Todo barco que haya capturado un total de 20 aves marinas deberá cesar la pesca por el resto de la temporada 2002/03.

Observación

9.

Todo barco que participe en esta pesquería llevará por lo menos un observador científico a bordo designado de acuerdo con el Sistema de Observación Científica Internacional de la CCRVMA, y en la medida de lo posible, un observador científico adicional durante todas las actividades pesqueras realizadas en la temporada de pesca.

Datos de captura y esfuerzo

10

Con el fin de dar cumplimiento a esta medida de conservación en la temporada 2002/03 se aplicará: i) el sistema de notificación de datos de captura y esfuerzo por períodos de cinco días establecido en la Medida de Conservación 23-01; y ii) el sistema de notificación mensual de datos de captura y esfuerzo a escala fina establecido en la Medida de Conservación 23-04. Estos datos deberán remitirse en un formato de lance por lance.

11

A los efectos de las Medidas de Conservación 23-01 y 23-04, las especies objetivo son Champsocephalus gunnari y las especies de la captura secundaria se definen como cualquier otra especie distinta de Champsocephalus gunnari

Datos biológicos

12.

Se recopilarán y consignarán los datos biológicos a escala fina requeridos por la Medida de Conservación 23-05. Estos datos han de notificarse de acuerdo con el Sistema de Observación Científica Internacional.

Investigación

13.

Todo barco que participe en esta pesquería durante el período del 1º de marzo al 31 de mayo de 2003, deberá realizar veinte (20) arrastres de investigación en la forma descrita en el anexo 42-01/A.

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1 Esta disposición relativa a la distancia mínima entre zonas de pesca se adopta en espera de la adopción de

una definición más adecuada de zona de pesca por la Comisión.

2 El período especificado se adopta conforme al período de notificación especificado en la Medida de Conservación 23-01, en espera de la adopción de un período más adecuado por la Comisión.

ANEXO 42-01 /A

ARRASTRES DE INVESTIGACION DURANTE EL PERÍODO DE DESOVE

1. Todos los barcos que participan en la pesquería de Champsocephalus gunnari en la Subárea estadística 48.3 entre el 1° de marzo y el 31 de mayo de 2003 deberán completar un mínimo de 20 lances de investigación en ese período. Se deberán realizar doce lances de investigación en el área de las rocas Cormorán-Negras. Estos lances se deberán distribuir entre los cuatro sectores ilustrados en la figura I: cuatro en cada uno de los sectores noroeste y sureste y dos en cada uno en los sectores noreste y suroeste. Se deberán realizar otros ocho lances de investigación adicionales en la plataforma al noroeste de Georgia del Sur en aguas de una profundidad menor de 300 m, como se ilustra en la figura 1.

2. La distancia entre cada lance de investigación deberá ser de 5 millas náuticas como mínimo. La distancia entre las estaciones deberá ser tal de manera que ambas áreas tengan un muestreo adecuado para generar información representativa sobre la talla, sexo, madurez y composición por peso de Champsocephalus gunnari.

3. Si se encuentran concentraciones de peces en ruta a Georgia del Sur, éstas deberán ser explotadas en forma complementaria a los lances de investigación.

4. La duración de los lances de investigación deberá ser de 30 minutos como mínimo con la red en la profundidad de explotación. Durante el día, la red deberá colocarse cerca del fondo.

5. La captura de todos los lances de investigación deberá ser muestreada por el observador científico a bordo. Se deberá procurar que las muestras comprendan por lo menos 100 peces, muestreados conforme a las técnicas estándar de muestreo aleatorio. Todos los peces de la muestra deberán ser examinados para determinar por lo menos la talla, el sexo y madurez, y en lo posible el peso. Si la captura es cuantiosa y el tiempo lo permite, se deberá examinar un mayor número de peces.