Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 47/2003

Designación de miembros titulares y alternos en representación del Gobierno Nacional, para integrar el Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Bs. As., 27/6/2003

VISTO el Expediente del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 0953/02, la Ley Nº 24.557, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557 se crea el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO, presidido por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, hoy Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Que el referido Comité tiene las funciones que le asigna el apartado 2 de la norma referida, de fundamental importancia para la correcta implementación de los objetivos fijados en la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Que por Decreto Nº 008/03 es designado Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social el Doctor Carlos Tomada.

Que atento la renuncia de algunos representantes del Gobierno Nacional que eran miembros del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE, es menester designar quiénes integrarán el mismo.

Que la importancia asignada a las funciones del mencionado Comité se impone designar a los representantes del GOBIERNO NACIONAL y a la persona en quien recaiga la función de ejercer la Secretaría Técnica, a fin de completar su constitución.

Que en razón de la materia a tratar en el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE, corresponde designar en representación del GOBIERNO NACIONAL a los Sres. Secretario de Seguridad Social y Jefe de Gabinete de Asesores, ambos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Superintendente de Riesgos del Trabajo y Superintendente de Seguros de la Nación.

Que por Decreto Nº 103/03 fue designado Jefe de Gabinetes de Asesores de la unidad Ministro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el Doctor Norberto José CIARAVINO.

Que por Decreto Nº 105/03 fue designado a cargo de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO el Dr. Héctor Oscar VERON.

Que corresponde también, designar los miembros alternos que representen el GOBIERNO NACIONAL, en virtud de las estipulaciones del Reglamento Interno del precitado órgano intersectorial.

Que, asimismo, corresponde ratificar como miembros titulares del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE los Dres. Horacio Alfredo CONTE-GRAND y Claudio Omar MORONI.

Que es menester también, ratificar como miembros alternos de dicho órgano tripartito a los Dres. Walter ARRIGHI, Sergio Tomás MASSA y Carlos FERNANDEZ BLANCO y en el cargo de Secretario Técnico al Dr. Rodrigo Fernando CARBALLO.

Que atento la necesidad de evaluar en el seno del referido Comité temas de trascendencia que integran el Sistema de Riesgos del Trabajo, resulta imprescindible convocar a sus miembros a tal efecto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha intervenido en el área de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Designar a Don Héctor Oscar VERON y a Don Norberto José CIARAVINO en representación del Gobierno Nacional, para integrar en calidad de miembros titulares el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO. Designar, asimismo, a Don Carlos Aníbal RODRIGUEZ en representación del Gobierno Nacional, para integrar en calidad de miembro alterno el aludido Comité.

Art. 2º — Ratificar a Don Alfredo Horacio CONTE- GRAND y a Don Claudio Omar MORONI en representación del Gobierno Nacional, como miembros titulares del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE.

Art. 3º — Ratificar a Don Walter ARRIGHI, a Don Sergio Tomás MASSA y a Don Carlos FERNANDEZ BLANCO en presentación del Gobierno Nacional, como miembros alternos del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE.

Art. 4º — Ratificar a Don Rodrigo Fernando CARBALLO en el cargo de Secretario Técnico del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO.

Art. 5º — Convócase a los miembros del COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO para el día 8 de julio de 2003, a las 11 horas.

Art. 6º — Regístrese, notifíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Carlos A. Tomada.