PRESIDENCIA DE LA NACION

COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Resolución N° 87/2004

Bs. As., 13/2/2004

VISTO, el Expediente N° 1230-COMFER/03, y

CONSIDERANDO:

Que el Círculo de la Prensa de Rosario, sito en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, solicitó celebrar con este COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, un convenio de enseñanza en calidad de adscripto al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA, a los fines de impartir la carrera de LOCUTOR NACIONAL de acuerdo a la normativa vigente.

Que el artículo 95 inciso 1, de la Ley N° 22.285 establece que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION tiene la función de "... registrar y habilitar al personal especializado que se desempeñe en los servicios de radiodifusión, proveer a su formación y capacitación con arreglo a las normas de armonización y complementación del sistema educativo nacional...".

Que el artículo 67 del Decreto N° 286/81 establece que "...la función contemplada en el artículo 95 inciso I de la Ley, será cumplida por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a través del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA DE RADIODIFUSION (ISER) ...".

Que la Resolución N° 0789-COMFER/02, con el objeto de asegurar la igualdad de oportunidades, amplió la posibilidad de adscripción al INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIFONICA a Institutos Educativos o Universidades de todo el territorio nacional sin excepción alguna.

Que del expediente mencionado el Visto surge que el Círculo de la Prensa de Rosario, cumple con todos los requisitos previos y cuenta con el trámite de adscripción completo, según lo establecido por la Resolución N° 0789-COMFER/02 en su Anexo I incisos A) y B).

Que asimismo se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el Anexo I, Inciso C) apartado I de la mencionada Resolución.

Que el convenio solicitado excluye específicamente cualquier forma de educación a distancia o virtual.

Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 98 apartado a), inciso 2) de la Ley 22.285 y artículo 2 del Decreto N° 131, de fecha 4 de junio de 2003.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el convenio de adscripción con el Círculo de la Prensa de Rosario, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, el que se agrega a la presente.

ARTICULO 2° — Apruébase el Anexo I de homologación de asignaturas, parte integrante del convenio de adscripción.

ARTICULO 3° — Regístrese, Comuníquese, Publíquese, Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Cumplido Archívese (PERMANENTE). — Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

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NOTA: El Convenio Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

ANEXO I

HOMOLOGACION DE ASIGNATURAS

El siguiente cuadro refleja según obra en el Expediente 1230-COMFER/03, aprobada por la Dirección de Enseñanza del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica, las homologaciones reconocidas a los alumnos de la carrera de Técnico Superior en Periodismo, del Círculo de la Prensa de Rosario.

e. 25/2 N° 440.048 v. 25/2/2004