Administración Nacional de la Seguridad Social

ASIGNACIONES FAMILIARES

Resolución 137/2004

Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

Bs. As., 14/7/2004

VISTO el Expediente N° 024-99-80931589-0-790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); la Ley N° 19.722, la Resolución D.E.-N N° 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D. E.-N N° 641 de fecha 29 de mayo del 2003, la Resolución D.E.-N N° 1390 de fecha 17 de diciembre del 2003 y la Resolución D. E.-N N° 624 de fecha 17 de junio del 2004; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF).

Que la Ley N° 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.

Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado.

Que el artículo 4° de la Resolución D.E.-N N° 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador.

Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución. D.E.-N N° 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema.

Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

Que la Resolución D.E.-N N° 624/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen N° 25.553 de fecha 11 de junio de 2004.

Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.241, el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, el Decreto N° 106/03 y la Resolución D.E.-N.N° 624/04.

Por ello,

EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asiganciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a mayo de 2004.

Art. 2º — Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a abril de 2004.

Art. 3º — Los empleadores referenciados en el artículo 1° de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Mayo de 2004.

Art. 4º — Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto Freire.

ANEXO

CUIT

RAZON SOCIAL

23-18798090-9

URIBE MANSILLA ROBERTO LEONCIO