Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

FORESTACION

Resolución 678/2004

Bs. As., 9/8/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0106212/2004 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 613 de fecha 6 de julio de 2004 de la citada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la resolución citada en el Visto se adhirió en carácter de "Miembro Promotor", a la renovación del CONVENIO DE CREACION DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y EXTENSION FORESTAL ANDINO PATAGONICO (CIEFAP) suscripta el día 15 de marzo de 1999.

Que según el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, para que el acto administrativo de alcance general adquiera eficacia debe ser objeto de publicación.

Que por lo expuesto, se hace necesario sustituir el Artículo 4º de la Resolución Nº 613 de fecha 6 de julio de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a los efectos de su correspondiente publicación en el Boletín Oficial.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de lo establecido en el Artículo 23 de la Ley Nº 25.080 y en el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 4º de la Resolución Nº 613 de fecha 6 de julio de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el siguiente: "ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.".

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel S. Campos.