PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030
 
 Ley 27738
 
 Aprobación.
 
  El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de 
 
 Ley:
 
  Artículo 1°- Apruébase el “PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030”, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente ley. 
 Artículo 2°- El MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN será la Autoridad de Aplicación y coordinará las acciones necesarias para el cumplimiento del “PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030” con las Jurisdicciones y Entidades involucradas en cada una de las temáticas de dicho Plan. 
 Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. 
 DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS 
 
 REGISTRADO BAJO EL N° 27738
 
  CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul 
 NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.  
e. 23/10/2023 N° 85201/23 v. 23/10/2023
  (Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)