PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030

Ley 27738

Aprobación.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Apruébase el “PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030”, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente ley.

Artículo 2°- El MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN será la Autoridad de Aplicación y coordinará las acciones necesarias para el cumplimiento del “PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030” con las Jurisdicciones y Entidades involucradas en cada una de las temáticas de dicho Plan.

Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS

REGISTRADO BAJO EL N° 27738

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 23/10/2023 N° 85201/23 v. 23/10/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)