Resolución  61/2007   MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
17-ago-2007

COMERCIO EXTERIOR

CERTIFICADO DE IMPORTACION DE PARTES DE CALZADO - MERCADERIAS EXCEPTUADAS DEL REG DE LA RES.820/99

Publicada en el Boletín Oficial del 23-ago-2007    Número: 31223    Página: 6


Resumen:
ESTABLECESE, PARA MERCADERIAS COMPRENDIDAS EN DETERMINADAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.), EL CERTIFICADO DE IMPORTACION DE PARTES DE CALZADO (C.I.P.C.), EXIGIBLE EXCLUSIVAMENTE PARA LAS SOLICITUDES DE DESTINACION DE IMPORTACION DEFINITIVA PARA CONSUMO. EXCEPCIONES.


Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 14 DE LA RESOLUCION 11/2013 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, B.O. 25/01/2013, PAGINA 8.


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