Ley
14250
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
29-sep-1953
Publicada en el Boletín Oficial del 20-oct-1953 Número: 17507 Página:
Resumen:
LAS CONVENCIONES COLECTIVAS DEBERAN SER HOMOLOGADAS POR EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION.
Observaciones:
TEXTO ORDENADO 2004 DE LA LEY N° 14250 CONVENCIONES COLECTIVAS, POR DECRETO N° 1135/2004 B.O. 3/9/2004
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