Resolución GENERAL
1/2022
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
28-ene-2022
Publicada en el Boletín Oficial del 01-feb-2022 Número: 34848 Página: 33
Resumen:
TODO INSTRUMENTO CONSTITUTIVO, CONTRATO SOCIAL O ESTATUTO DE SOCIEDAD COMERCIAL QUE DEBA SER INSCRIPTO EN EL REGISTRO PUBLICO A CARGO DE ESTA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA DEBE INCLUIR EL PLAZO DE DURACION DE LA SOCIEDAD, QUE NO PODRA EXCEDER EL PLAZO DE 30 AÑOS A CONTAR DE SU INSCRIPCION EN EL REFERIDO REGISTRO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION GENERAL 1/2024 DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, B.O. 29/01/2024, PAGINA 19. VIGENCIA: A PARTIR DEL 30 DE ENERO DE 2024.
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