Resolución
762/2011
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
08-abr-2011
Publicada en el Boletín Oficial del 13-abr-2011 Número: 32129 Página: 12
Resumen:
ACLARESE QUE LOS PASAPORTES EMITIDOS POR LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, TIENEN CON CARACTER GENERAL UNA VALIDEZ IMPRORROGABLE DE DIEZ (10) AÑOS DESDE LA FECHA DE SU EMISION, CONFORME LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 3º DEL REGLAMENTO PARA LA EMISION DE PASAPORTES APROBADO POR EL DECRETO Nº 261/2011, DEBIENDO TOMARSE COMO PLAZO VALIDO DE VIGENCIA EL CONSIGNADO EN LA PAGINA TRES (3) DE LAS LIBRETAS.
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