Resolución
1235/2002
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
07-oct-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 16-oct-2002 Número: 30005 Página: 17
Resumen:
HAGASE SABER A TODOS LOS BENEFICIARIOS DE PAGOS EN LETRAS DE CANCELACION DE OBLIGACIONES PROVINCIALES (LECOP), QUE DEBA EFECTUAR EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES QUE A TALES EFECTOS DEBERAN ABRIR UNA CUENTA EN DICHA ESPECIE EN EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA Y COMUNICAR AL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES EL CBU CORRESPONDIENTE, TODO ELLO EN UN PLAZO NO MAYOR DE SESENTA (60) DIAS DESDE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE EN EL BOLETIN OFICIAL.
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