Disposición
6241/2000
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA
11-oct-2000
Publicada en el Boletín Oficial del 24-oct-2000 Número: 29510 Página: 10
Resumen:
OTORGASE UN PLAZO PARA QUE LOS TITULARES DE CERTIFICADOS DEL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, INSCRIPTOS CON CERTIFICADOS DEL REGISTRO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTO DE TERCEROS, INICIEN LA TRAMITACION DEL CERTIFICADO PROPIO, CUMPLIMENTANDO LAS EXIGENCIAS DE LA DISPOSICION NRO. 2612/97.
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