Decreto
8/2002
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
03-ene-2002
Publicada en el Boletín Oficial del 29-ene-2002 Número: 29826 Página: 2
Resumen:
DASE POR AUTORIZADOS A LOS FUNCIONARIOS DE LA CASA MILITAR COMPETENTES PARA TRANSFERIR, COMO MEDIDA DE EXCEPCION A LO DISPUESTO POR EL ART. 9, INCISO C) DEL REGIMEN DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS APROBADO POR EL DECRETO NRO. 3413/79, LAS LICENCIAS NO USUFRUCTUA DAS POR SUS AGENTES.
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.