Decreto
2051/2013
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
05-dic-2013
Publicada en el Boletín Oficial del 11-dic-2013 Número: 32783 Página: 7
Resumen:
DESIGNASE TRANSITORIAMENTE, A PARTIR DEL DIA 1° DEL MES SIGUIENTE A LA FECHA DEL PRESENTE ACTO Y POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES, EN LA PLANTA PERMANENTE DEL INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, A: ABBAS, LAILA ZEINAB (DNI 33.111.563) ASISTENTE ADMINISTRATIVA; ELIZALDE, LORENA (DNI 28.693.266) ASISTENTE ADMINISTRATIVA; PERERO, GIOVANA CAROLINA (DNI 32.875.134) ASISTENTE ADMINISTRATIVA; PEREZ, MARIA GABRIELA (DNI 22.366.112) ASISTENTE ADMINISTRATIVA RODRIGUEZ, MARCELO REYNALDO (DNI 27.573.323) ASISTENTE ADMINISTRATIVO; TREROTOLA, DIEGO GUSTAVO (DNI 24.184.440) ASISTENTE ADMINISTRATIVO Y LOPEZ, ISABEL EDITH (DNI 36.109.720) AUXILIAR ADMINISTRATIVA, CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL POR NO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS MINIMOS DEL ARTICULO 14 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), HOMOLOGADO POR EL DECRETO N° 2098/08 Y CON CARACTER DE EXCEPCION A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 7° DE LA LEY N° 26.784, CON CARACTER DE EXCEPCION A LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 7° DE LA LEY N° 26.784. DESIGNASE TRANSITORIAMENTE, A PARTIR DEL DIA 1° DEL MES SIGUIENTE A LA FECHA DEL PRESENTE ACTO Y POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES, EN LA PLANTA PERMANENTE DEL INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, A: LILIANA CORONEL (DNI 22.016.571) AUXILIAR ADMINISTRATIVO, CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL POR NO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS MINIMOS DEL ARTICULO 14 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), HOMOLOGADO POR EL DECRETO N° 2098/08 Y CON CARACTER DE EXCEPCION A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 7° DE LA LEY N° 26.784.
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.