Resolución
28/2008
ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS)
18-abr-2008
Publicada en el Boletín Oficial del 28-abr-2008 Número: 31393 Página: 34
Resumen:
HACESE LUGAR A LOS RECLAMOS QUE COMO ANEXOS I Y II FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION, ESTABLECIENDO QUE AGUAS ARGENTINAS S.A. DEBE DEVOLVER A LOS USUARIOS INDICADOS, EL IMPORTE COBRADO INDEBIDAMENTE A LOS MISMOS POR HABER SUMINISTRADO EL SERVICIO DE PROVISION DE AGUA POR DEBAJO DE LOS NIVELES CONTRACTUALES, ELLO A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2004 EN EL CASO DEL LISTADO DEL ANEXO I, Y DESDE LA FECHA DE CADA RECLAMO PARA EL LISTADO DEL ANEXO II, EN AMBOS CASOS HASTA EL 21 DE MARZO DE 2006; ELLO DE ACUERDO A LA METODOLOGIA DE CALCULO DETERMINADA EN EL ARTICULO 2º DE LA PRESENTE RESOLUCION, CON MAS LOS RECARGOS E INTERESES PERTINENTES Y LO QUE RESULTE DE LA APLICACION DE LA INDEMNIZACION PREVISTA EN EL ARTICULO 31º DE LA LEY Nº 24.240 DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y SUS MODIFICATORIAS; TODO ELLO TOMANDO EN CONSIDERACION EL LAPSO EN QUE, EN CADA RECLAMO, EL PRESENTANTE HAYA SIDO EL OBLIGADO AL PAGO.
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.