Disposición
63/2018
SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS
26-abr-2018
Publicada en el Boletín Oficial del 27-abr-2018 Número: 33860 Página: 68
Resumen:
FIJASE EN PESOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTITRES ($18.223) POR TONELADA EL PRECIO DE ADQUISICION DEL BIODIESEL PARA SU MEZCLA OBLIGATORIA CON GAS OIL EN EL MARCO DE LO DISPUESTO POR LA LEY N° 26.093, EL CUAL REGIRA PARA LAS VENTAS REALIZADAS A PARTIR DEL 1 DE MAYO DE 2018 HASTA LA PUBLICACION DE UN NUEVO PRECIO QUE LO REEMPLACE.
Esta norma modifica o complementa a 2 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.