Resolución
312/2019
SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA
31-may-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 03-jun-2019 Número: 34127 Página: 27
Resumen:
ESTABLECER QUE EL RECARGO PREVISTO EN EL ARTICULO 75 DE LA LEY 25.565 Y SUS MODIFICATORIAS SERA EQUIVALENTE AL CUATRO COMA CUARENTA Y SEIS POR CIENTO (4,46%) SOBRE EL PRECIO DE GAS NATURAL EN EL PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST), POR CADA METRO CUBICO (M3) DE NUEVE MIL TRESCIENTAS KILOCALORIAS (9.300 KCAL) QUE INGRESE AL SISTEMA DE DUCTOS EN EL TERRITORIO NACIONAL, CORRESPONDIENDO AL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), ORGANISMO DESCENTRALIZADO ACTUANTE EN LA ORBITA DE ESTA SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA, AJUSTAR LOS PROCEDIMIENTOS PARA SU FACTURACION. EL MISMO PORCENTAJE DE RECARGO SERA APLICABLE A LOS VOLUMENES INVOLUCRADOS EN EL AUTOCONSUMO.
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