Disposición Tecnico Registral
2/2016
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
29-mar-2016
Publicada en el Boletín Oficial del 31-mar-2016 Número: 33347 Página: 49
Resumen:
PARA SU REGISTRACION, LOS REGLAMENTOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL A LOS QUE SE REFIERE EL ARTICULO 2038 DEL CCYC, CUYO CONTENIDO ESTABLECE EL ARTICULO 2056 DEL CCYC, SE PRESENTARAN ACOMPAÑADOS POR UNA SOLICITUD DE INSCRIPCION, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DEL DECRETO N° 2080/80 (T.O. DEC. N° 466/99), Y POR UNA COPIA DEL PLANO DE MENSURA Y DIVISION HORIZONTAL, REGISTRADO EN EL ORGANISMO CATASTRAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.