Resolución
1831/1989
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
10-ago-1989
Publicada en el Boletín Oficial del 17-ago-1989 Número: 26699 Página: 3
Resumen:
LA MERCADERIA COMPRENDIDA EN EL ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 1.490/89 PODRA AL AMPARO DEL REGIMEN DEL TRAFICO FRONTERIZO, EGRESAR DE LUNES A VIERNES EN JORNADAS HABILES, EN EL HORARIO QUE CADA ADUANA ESTABLEZCA, CONFORME A SU OPERATIVA Y DISPONIBILIDAD DE PERSONAL.
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.