Resolución
15/1990
SUBSECRETARIA DE TRANSP.MARITIMOS Y FLUVIALES
09-ene-1990
Publicada en el Boletín Oficial del 19-ene-1990 Número: 26805 Página: 7
Resumen:
MARINA MERCANTE: SE AUTORIZAN LAS OPERACIONES DE TRANSBORDO EN PUERTOS DE LA COSTA DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA O DE CANADA Y DESDE ALLI A CUMPLIR EL SERVICIO DIRECTO A USHUAIA, CUANDO SE TRATE DE MERCADERIAS ORIGINADAS EN PAISES DEL LEJANO ORIENTE Y ELJAPON Y DESTINADAS A LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES RADICADOS EN LA ISLA GRANDE DE TIERRA DEL FUEGO CON ARREGLO AL REGIMEN DE LA LEY Nº 19.640.
Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.
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