Resolución  15/1990   SUBSECRETARIA DE TRANSP.MARITIMOS Y FLUVIALES
09-ene-1990

MARINA MERCANTE

OPERACIONES DE TRANSBORDO.

Publicada en el Boletín Oficial del 19-ene-1990    Número: 26805    Página: 7


Resumen:
MARINA MERCANTE: SE AUTORIZAN LAS OPERACIONES DE TRANSBORDO EN PUERTOS DE LA COSTA DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA O DE CANADA Y DESDE ALLI A CUMPLIR EL SERVICIO DIRECTO A USHUAIA, CUANDO SE TRATE DE MERCADERIAS ORIGINADAS EN PAISES DEL LEJANO ORIENTE Y ELJAPON Y DESTINADAS A LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES RADICADOS EN LA ISLA GRANDE DE TIERRA DEL FUEGO CON ARREGLO AL REGIMEN DE LA LEY Nº 19.640.



Esta norma no modifica ni complementa a ninguna norma.


Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.