Resolución
36/1989
MINISTERIO DE ECONOMIA
29-dic-1989
Publicada en el Boletín Oficial del 19-ene-1990 Número: 26805 Página: 4
Resumen:
FIJASE EN AUSTRALES 12.319,16 EL PRECIO MINIMO DE COMPRA-VENTA POR TONELADA DE CALA CON DESTINO A LA FABRICACION DE AZUCAR CON BASE DE 12% DE SACAROSA Y 80% DE PUREZA EN EL JUGO DE PRIMERA PRESION. ESTE PRECIO REGIRA A PARTIR DEL 20/ 7/89.
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