Decisión Administrativa
1600/2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
02-sep-2020
Publicada en el Boletín Oficial del 03-sep-2020 Número: 34466 Página: 10
Resumen:
EXCEPTUASE DE LA PROHIBICION CONTENIDA EN EL APARTADO 3, DEL ARTICULO 18 DEL DECRETO N° 714/20, DE CONFORMIDAD CON LOS PARAMETROS ESTABLECIDOS EN EL MISMO Y EN LA PRESENTE DECISION ADMINISTRATIVA, A LA ACTIVIDAD GASTRONOMICA AL AIRE LIBRE, EXCLUSIVAMENTE EN VEREDA, CALZADA U OTROS SECTORES DEL ESPACIO PUBLICO, SIN EL USO DE ESPACIOS O SALONES INTERIORES, PATIOS INTERIORES, TERRAZAS JARDINES O SIMILARES, A DESARROLLARSE EN EL AMBITO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, QUEDANDO LAS PERSONAS AFECTADAS A DICHA ACTIVIDAD, EXCEPTUADAS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO”.
Esta norma modifica o complementa a 5 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.