Disposición
6665/2019
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA
16-ago-2019
Publicada en el Boletín Oficial del 21-ago-2019 Número: 34179 Página: 53
Resumen:
SE ENTIENDE POR AGUA LAVANDINA ADITIVADA, A LA SOLUCION A BASE DE HIPOCLORITO DE SODIO O CALCIO, CON UN TENOR DE CLORO ACTIVO IGUAL O MAYOR A 2,0 % P/PY MENOR O IGUAL QUE 3,9 % P/PO SU EQUIVALENTE EN G/ LAL MOMENTO DE ENVASAR, CUYA FINALIDAD SEA EL BLANQUEO Y/O DESINFECCION EN GENERAL. ESTOS PRODUCTOS PUEDEN CONTENER SUSTANCIAS COLORANTES Y/O DETERGENTES Y/O AROMATIZANTES Y ESTABILIZANTES. EL PH MAXIMO DEL PRODUCTO PURO DEBE SER 13,5.
Observaciones:
PUBLICADA NUEVAMENTE EN B.O. 29/08/2019, PAGINA 76.
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