Resolución
12/2023
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
06-mar-2023
Publicada en el Boletín Oficial del 08-mar-2023 Número: 35125 Página: 96
Resumen:
ESTABLECESE QUE PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL DIA 1° DE MARZO DE 2023 Y EL DIA 31 DE AGOSTO DE 2023 INCLUSIVE, EN VIRTUD DE LA APLICACION DE LA VARIACION DEL INDICE REMUNERACION IMPONIBLE PROMEDIO DE LOS TRABAJADORES ESTABLES (RIPTE), EL CALCULO DE LOS MONTOS DE LAS COMPENSACIONES ADICIONALES DE PAGO UNICO, PREVISTAS EN EL ARTICULO 11, APARTADO 4, INCISOS A), B) Y C) DE LA LEY N° 24.557 Y SUS MODIFICATORIAS, ARROJA EL RESULTADO DE PESOS CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UNO MIL TREINTA Y NUEVE ($ 5.151.039), PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 6.438.799) Y PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 7.726.557), RESPECTIVAMENTE.
Esta norma modifica o complementa a 3 norma(s).
Esta norma no es complementada ni modificada por ninguna norma.